Me case en el 2003 con una española, pero llevo desde hace un año divorciado, y me dicen que no puedo renovar mi tarjeta comunitaria, y no sabía que había un plazo de seis meses para cambiar de régimen. Además me dicen que al estar casado tres años y al estar viviendo en España desde hace seis años y trabajando puedo tener un permiso de residencia. ¿Qué tengo que hacer para no perder mis papeles? Alioune.
Lamentablemente en estos momentos te has quedado en situación irregular aún cuando tu Tarjeta esté en vigor. Es obligación del ciudadano comunicar a la Administración cualquier cambio en las circunstancias que motivaron la concesión de la misma, en este caso, el matrimonio. El RD 2393/2004, en su Art. 9. 4 a) expone que para no perder el derecho a la residencia en caso de divorcio deberías haber estado tres años casado. Pero tienes la opción del Arraigo Social presentando el contrato de trabajo que tienes en vigor, entre otros requisitos.
Gracias







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